La contratación artística en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Pública, la necesidad del cambio para poder avanzar

Instantánea del Vapor Adriano III ("Vaporcito del Puerto"), Bien de Interés Cultural, en su depósito en la margen derecha del río Guadalete (El Puerto de Santa María, Cádiz).

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https://doi.org/10.25267/Periferica.2020.i21.08

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Temas
96-105
Publicado: 21-12-2020
PlumX

Autores/as

  • Juan Antonio Estrada López (ES) Técnico superior en la Secretaría General de la Diputación Provincial de Huelva

Resumen

La Ley de Contratos del Sector Público del 2017 ha supuesto una modifi cación importante de las condiciones de contratación de espectáculos en España. El sector público, el mayor organizador de espectáculos en nuestro estado, debe cumplir unas normas que no se ajustan a las peculiaridades del sector artístico. Para el avance del sector se impone afrontar una serie de modifi caciones y superar las constantes trabas administrativas existentes.

Palabras clave: contratación pública, artística, espectáculos, Ley Contratos.

Artistic contracting in Ley 9/2017 de Contratos del Sector Pública: the need for change to move forward

Abstract: The Ley de Contratos del Sector Público from2017 has meant a signifi cant modifi cation of the conditions for contracting shows in Spain. The public sector, the largest organizer of shows in our state, must comply with rules that do not conform to the peculiarities of the artistic sector. For the advancement of the sector, it is necessary to face a series of modifi cations and overcome the constant existing administrative obstacles.

Keywords: public contracts, artistical, performances, Law Public Sector Contracts.

Artículo recibido:15/09/2020/ Artículo aceptado:01/10/2020

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Cómo citar

Estrada López, J. A. (2020). La contratación artística en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Pública, la necesidad del cambio para poder avanzar. Periférica Internacional. Revista Para El análisis De La Cultura Y El Territorio, (21), 96–105. https://doi.org/10.25267/Periferica.2020.i21.08

Citas

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la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales se in-corporó al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero.

CPV (Common Procurement Vocabulary - Voca-bulario Común de Contratación Pública) es un sistema de identificación y categorización de todas las actividades eco-nómicas susceptibles de ser contratadas mediante licitación o concurso público en la Unión Europea. Los procedimientos previstos, pero ya existentes en la anterior forma, al menos nominalmente son: el abierto, restringido, negociado, contratos menores, dialogo competi-tivo y concursos de proyectos.

En el Informe de Fiscalización de la contratación menor celebrada por los ayuntamientos de más de 500.000 habitantes, ejercicio 2016 del Tribunal de Cuentas se señala que los contratos menores representa un porcentaje elevado respecto del total de sus contrataciones de estas ciudades, que oscila entre el 77,82 % de Zaragoza y el 96,80 % de Valencia.

Transposición de esta figura contemplada en la di-rectiva de la Unión Europea 2014/24/UE sobre contrata-ción pública.

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