La aplicación de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el concepto de discapacidad

Comentario a las sentencias del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2020 (rec. 2684/2017) y de 15 de septiembre de 2020 (rec. 3387/2017)

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https://doi.org/10.25267/REJUCRIM.2020.i2.09

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ANÁLISIS
233-241
Publicado: 22-12-2020
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Resumen

El artículo analiza dos sentencias recientes del TS en las que ha aplicado la interpretación del TJUE sobre el concepto de discapacidad de la Directiva 2000/78/CE. Ambas sentencias resuelven recursos para la unificación de doctrina sobre supuestos de hecho similares y en los que se utiliza la sentencia del TJUE sobre el caso Daouidi como sentencia de contraste. En ambas resoluciones, el TS concluyó que, en los casos concretos que examinó, no se daban los elementos necesarios para considerar que los trabajadores despedidos después o durante una situación de IT cumpliesen con los requisitos exigidos por el TJUE, para entender que eran personas con discapacidad. En consecuencia, concluyó que las sentencias recurridas habían aplicado correctamente la doctrina del TJUE y que, por lo tanto, los despidos de esos trabajadores debían de calificarse como improcedentes y no como nulos.

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Cómo citar

Fernández Martínez, S. (2020). La aplicación de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el concepto de discapacidad: Comentario a las sentencias del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2020 (rec. 2684/2017) y de 15 de septiembre de 2020 (rec. 3387/2017). Revista De Estudios Jurídicos Y Criminológicos, (2), 233–241. https://doi.org/10.25267/REJUCRIM.2020.i2.09