Buenas prácticas textuales e interpretabilidad de la letra pequeña
DOI
https://doi.org/10.25267/Pragmalinguistica.2017.i25Información
Artículos
183-199
Publicado:
11-11-2012
Resumen
El examen de una normativa para mejorar la información al consumidor plantea observaciones pragmáticas sobre buenas prácticas textuales. La orden 385/2003 de la Generalitat de Catalunya establece el tamaño mínimo de la letra en contratos para facilitar su legibilidad. La interpretación de esta normativa permite considerar el uso pragmático de la letra pequeña. Y se recoge también el ejemplo publicitario de una empresa energética que paradójicamente utiliza, en la actualidad, como recurso de prestigio la letra pequeña en documentos contractuales.
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Cómo citar
Laborda Gil, X. (2012). Buenas prácticas textuales e interpretabilidad de la letra pequeña. Pragmalingüística, (20), 183–199. https://doi.org/10.25267/Pragmalinguistica.2017.i25